Propiedad o copropiedad
La propiedad se consigue mediante la compra o el pago de un precio a un vendedor (en este caso una vivienda, un edificio o un terreno). La propiedad puede ser privada o pública y la privada puede ser individual o colectiva (copropiedad). La propiedad colectiva, en nuestro caso, puede facilitar el desarrollo de proyectos comunitarios.
Historia
Actualmente en España, esta es la manera más habitual de acceder a una vivienda, con lo que se ha generado una sociedad de propietarios. Pero esto no siempre ha sido así, ya que aunque ésta es la idea dominante no ha sido la cultura de la propiedad, sino las políticas de vivienda desarrolladas las que han conducido a esta situación. En 1950, el 46% de la población española vivía en viviendas de su propiedad, en 1981 representaba el 73% y en 2001 ya alcalzaba el 82%. En Barcelona y Madrid en 1950 la compra únicamente representava un 5-6% de las viviendas. (datos extraídos de Derecho a la vivienda y políticas habitacionales - Observatori DESC).
Preguntas a lanzar al foro
- ¿Por qué en los países mediterráneos (latinos) la propiedad privada tiene más peso y relevancia que en los escandinavos?
- ¿Es el sistema de la propiedad privada un instrumento feudal encubierto aún presente en nuestra sociedad?
- ¿Cómo se establecen los precios de compra de las vivendas en un sistema de libre mercado como el Español?
- ¿Porque España ha pasado de tener un 30% de propietarios (años 30) a un 83% (actualmente)?
Ventajas
- Permite un uso indefinido en el tiempo.
- Se puede hipotecar el bien para facilitar la adquisición de otros bienes.
- Puedes reformar el inmueble a tu gusto y sin necesidad de pedir permiso
- En caso de propiedad de un inmueble, formas parte de la comunidad de propietarios y por tanto tienes voto en las decisiones de la comunidad.
Inconvenientes
- Tiene un mayor coste al trasladar la posesión.
- Obliga a la firma de una hipoteca que endeuda a la unidad familiar durante muchos años e implica un aumento del coste al pagarse la financiación a la entidad bancaria.
- Dificulta la movilidad de los residentes
1.- Mercado libre
Por mercado libre se entiende el acceso a la compra sin ningún tipo de ayuda por parte de la administración y a partir de los mecanismos propios de la oferta y la demanda. En España esta ha sido el mecanismo de acceso básico a la vivienda.
3.- Vivienda de protección oficial
Son viviendas que se construyen financiadas por el Ministerio de Fomento, las comunidades autónomas o determinadas entidades privadas. Se caracterizan por tener una superficie inferior o igual a 90 m² y un precio/m2 limitado según la zona.
En España representa un 2% del parque habitacional existente muy lejos de países como Holanda, con un 35%, o otros como Dinamarca, Suecia o el Reino Unido con indices superiores al 20%. (Datos extraídos de Derecho a la vivienda y políticas habitacionales - Observatori DESC).
2.- Cooperativa de construcción y compra
Una cooperativa de viviendas es un tipo de cooperativa que tiene por objetivo proporcionar a sus socios viviendas o locales, así como edificaciones e instalaciones complementarias, lo cual se consigue normalmente en mejores/distintas condiciones económicas que las ofrecidas en el mercado.
El socio de una cooperativa es a la vez promotor de la construcción o de la rehabilitación y adjudicatario de las viviendas. El comprador de la vivienda, convertido en socio cooperativista, se ahorra el beneficio económico que se queda el promotor inmobiliario (y que normalmente se sitúa entorno al 15-20%)
La Cooperativa es una figura de contenido social, democrático y participativo, ya que los propios socios destinatarios finales de las viviendas son los que, a través de los órganos sociales legalmente establecidos, toman las decisiones sobre la promoción y controlan el desarrollo de la misma, participando en todo el proceso (rompiéndose así la unilateralidad y adhesión que existe en otras fórmulas de promoción).
Estas sociedades cuentan con sus propios Estatutos que son las normas o reglas que regulan la estructura, gobierno y funcionamiento de la entidad. Los socios cuentan con una serie de derechos y deberes dentro de la sociedad. Los derechos más importantes hacen referencia a la participación y a la información. Las decisiones dentro de la cooperativa son tomadas siempre por los socios a través de un proceso democrático, reunidos en Asamblea General, en la que cada uno de ellos tiene derecho a un voto.
Según la Ley de Cooperativas española, la actividad productiva de la sociedad cooperativa puede ser:
- La promoción de viviendas.
- La construcción de viviendas.
- La administración y conservación de las viviendas y de los lugares comunes.
- La rehabilitación de viviendas.
- La promoción de locales y plazas de garaje.
- La adjudicación de las viviendas a los socios puede ser realizada
Estas cooperativas pueden ser:
- En régimen de propiedad individual (es el caso más habitual en España)
- En régimen de alquiler «Cedidas mediante cualquier título admitido en derecho»: Cooperativas de cesión de uso.
En España, el cooperativismo de propiedad individual, o de construcción se ha dado a partir de diferentes agentes que han facilitado la provisión de vivienda a sus socios de manera más económica, pero no han generado un parque de viviendas accesible, ya que una vez las viviendas se traspasaban a los socios individuales , estos se convertían en propietarios y la vivienda entraba en en mercado libre.
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